INTEGRANTES
Comisión Directiva
La Comisión Directiva tiene la siguiente composición, cometidos y funcionamiento:
De acuerdo con lo establecido en el Contrato, el Consejo Directivo está integrado por cuatro miembros, con sus respectivos suplentes, de acuerdo al siguiente detalle:
a)- Dos representantes (titulares y suplentes) de los Productores Consorciados, uno de los cuales será el Presidente del Consejo Directivo. Dichos representantes serán designados por los Productores Consorciados, de acuerdo con el Estatuto del Consorciado que regirá internamente.
b)- Un representante (titular y suplente) que será designado por el INIA, el cual actuará como Vicepresidente, suplantando al Presidente en caso de ausencia o renuncia de éste y mientras no se disponga su sustituto. El INIA tendrá derecho a cambiar sus representantes en cualquier momento durante el plazo del presente Contrato, procurando evitar cambios frecuentes.
c)- Un representante (titular y suplente) que será designado por la SCMAU. La SCMAU tendrá derecho a cambiar sus representantes en cualquier momento durante el plazo del presente Contrato, procurando evitar cambios frecuentes.
Los cometidos del Consejo Directivo serán los siguientes:
Ejercer la dirección estratégica global y el control del CRILU – Garantizar la planificación eficaz de la organización – Desarrollar la política del CRILU en función de sus objetivos – Aprobar el plan de actividades con el correspondiente presupuesto anual – Establecer la estrategia de comunicación – Revisar el comportamiento del CRILU en relación a los objetivos – Aprobar cambios en las contribuciones de las partes – Nombrar o remover al Secretario Técnico y evaluar su actuación – Designar o disolver los diferentes Comités Técnicos – Aprobar el ingreso al CRILU de organizaciones públicas o privadas – Aprobar los acuerdos que vinculan al CRILU con entidades nacionales o extranjeras – Garantizar una adecuada comunicación entre las partes – Buscar recursos para el CRILU y velar por una administración eficaz de los mismos – Velar por los derechos de propiedad intelectual de las invenciones que se generen como consecuencia de las actividades del CRILU – Establecer los valores de los diferentes productos y servicios, y garantizar que los ingresos provenientes de su comercialización sean reinvertidos en las actividades del CRILU – Controlar el funcionamiento del presente contrato entre las partes – Anticipar el tratamiento de inquietudes que cualquiera de las partes proponga – Todas aquellas funciones que los miembros del Consejo Directivo aprueben para la consecución de los objetivos y acciones previstas en el presente convenio.
Comisión Directiva
Presidente: DMV. Juan Carlos Tafernaberry Sanguinetti (Productores Consorciados)
Vicepresidente: Ing. Agr. Fabio Montossi (INIA)
Productores Consorciados
Titular: Sr. Fernando Notejane
Suplentes: Sr. Nelson Pachecho, Sr. Andrés Benia
Sociedad de Criadores de Merino Australiano del Uruguay (SCMAU)
Titular: Sr. Diego Otegui
Suplente: Ing. Agr. Fernando Dutra
Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (INIA)
Titular: Ing. Agr. Gabriel Ciappesoni
Miembros
De acuerdo con la estructura organizacional del CRILU y los diferentes compromisos que asumen las organizaciones participantes, se establecen tres categorías de Miembros del CRILU.
Miembros Activos
Son aquellas organizaciones que una vez que ingresan adquieren la calidad de miembros permanentes y que aportan con recursos propios al funcionamiento del Consorcio y el cumplimiento de sus objetivos. La contribución de estos miembros puede materializarse en dinero en efectivo, en personal, en infraestructura y/o servicios. Estas organizaciones designan a representantes que integran el Consejo Directivo. Se prevé, además, la posibilidad de que nuevas organizaciones integren a futuro este Consorcio.
Miembros de Apoyo
Son aquellas personas u organizaciones, diferentes de los Miembros Activos, que con la aprobación del Consejo Directivo suscriben un Convenio con el CRILU para apoyar con sus propios recursos el desarrollo de alguna actividad específica. Las contribuciones de los Miembros de Apoyo pueden ser en dinero en efectivo, en personal, en infraestructura y/o servicios para la ejecución de una actividad específica. Son miembros temporales del CRILU y su integración se mantiene mientras se ejecutan las actividades que apoyan. Un agente de financiamiento o un organismo gubernamental puede integrarse si así lo desea.
Miembros Colaboradores
Son aquellas personas u organizaciones que no realizan contribuciones de recursos para el desarrollo de las actividades de CRILU. El aporte de estos miembros se manifiesta a través de su colaboración en dejar disponibles capacidades técnicas de forma temporal; son miembros de consulta ocasional y se integran por invitación del Consejo Directivo o del Secretario Técnico de CRILU. Un organismo gubernamental puede integrarse si así lo desea.